Ley “No Chat” entró en vigencia y ya comenzaron a regir las sanciones por manipular dispositivos electrónicos al conducir. La nueva normativa prohíbe estrictamente usar cualquier tipo de aparato electrónico, como celulares o tablets mientras se conduce un vehículo o si está detenido en un semáforo.

La norma solo hace excepción con los aparatos manos libres que estén incorporados de fábrica al vehículo. La modificación de esta ley tiene como fin mejorar la seguridad vial, aumentando las sanciones por el uso de celulares, poniendo freno a una de las principales causas de muertes en accidentes de tránsito.

Según estudios realizados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), que son citados por la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), “la manipulación de un celular al conducir es similar a manejar en estado de ebriedad, recreando conductas similares, como por ejemplo, la pérdida de reflejos al volante. Chatear al conducir es similar a manejar tras haber bebido 4 cervezas”. ¿Qué implica la ley “No Chat”? La ley “No Chat” surge de una modificación a la Ley de Tránsito, que busca mejorar la seguridad vial, incrementando las sanciones por el uso de dispositivos electrónicos como celulares, tablets u otros aparatos que no vengan incorporados al vehículo de fábrica. Esta modificación se dio el pasado 22 septiembre del 2021. La Conaset detalla en su página web que con la entrada en vigencia de la norma, conducir con usando algún dispositivo, manipular pantallas de cualquier aparato electrónico pasa a ser de una falta grave a una “infracción gravísima”. Además, la prohibición aplica para todo tipo de vehículo, sean motorizados o no motorizados.

Junto a esto, no se permite manipular un dispositivo móvil o electrónico en ningún momento de la conducción, incluidas las luces rojas en semáforos o signos de pare. ¿Cuáles son las multa o sanciones? En lo que respecta a las consecuencias por infringir la normativa, el objetivo de esta ley es sancionar como infracción gravísima a los conductores que incurren en estas conductas, con multas entre 1,5 a 3 UTM aproximadamente de $80.000 a $160.000. Además, comprende la suspensión de la licencia de conducir entre 5 y 45 días. En caso de reincidencia, la suspensión de licencia puede ser de hasta 90 días, es decir, dos infracciones gravísimas dentro de los últimos 12 meses. Vale destacar que la ley “No Chat” también considera una distracción al volante la manipulación del teléfono para usar Waze, Google Maps o cualquier otra aplicación.