El encargado del Departamentos de Rentas de la Municipalidad de San Felipe, Juan López Martínez, dio a conocer las modificaciones que se realizaron a la Ley de Alcoholes 19.925 y que tiene relación con el “Cartel de Alcoholes” que deben exhibir los locales comerciales cuya actividad sea el expendio de bebidas alcohólicas.
Según detalló el funcionario “el pasado 6 de agosto salió publicada la ley 21.363 en el Diario Oficial, en donde se colocaron algunos párrafos con algunas prohibiciones al ingreso a los locales de venta de alcoholes a los menores de 18 años, por lo tanto los comerciantes que tengan patente de alcoholes deben solicitar la cédula de identidad a las personas que ingresan a estos recintos”.
De acuerdo a lo informado por López, bares, cabarets, tabernas y discoteque donde se vende alcohol la prohibición es absoluta y el local -de forma obligatoria- debe exhibir el Cartel de Alcoholes donde se evidencian estas restricciones, exponiéndose a nuevas infracciones en caso de no cumplir con lo estipulado en la ley. “Se ampliaron las multas de 50 a 100 UTM”, puntualizó.
Respecto a cómo se puede adquirir el cartel, el profesional agregó que “se vende en el Departamento de Rentas, nosotros hacemos un ingreso a través del sistema de Tesorería, se realiza el pago y a través de eso se entrega el documento al contribuyente, cuesta $6.788, equivalente a 0,12 UTM”, explicó.
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